La tarjeta de transporte de mercancías es un documento que se exige a los vehículos dedicados al transporte de mercancías por cuenta ajena (mediante retribución económica) y cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional. Viene regulada en el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
Tipos de tarjetas de transporte de mercancías
Hay diferentes tarjetas que se diferencian según el tipo de servicio (público o privado), la carga y el ámbito de transporte (nacional o autonómico).
Transporte público
El transporte de mercancías que se realiza por cuenta ajena a cambio de una retribución económica.
- MDL: para vehículos con MMA superior a 2 toneladas y tengan una carga útil (la diferencia entre la MMA y la TARA) inferior a los 500 kg. Por ejemplo: vehículos mixtos adaptables, furgonetas, o camiones.
- MDP: para vehículos con MMA superior a 5,5 toneladas y una carga útil que supere los 3.500 kg. Entran en esta categoría los tractores, hormigoneras y otros vehículos especiales.
- MDL autonómica: para vehículos de transporte de mercancías cuyo ámbito de actuación se desarrolle exclusivamente dentro de la comunidad autónoma en la que haya sido expedido el documento.
Transporte privado
El que se realiza por cuenta propia para complementar otras actividades realizadas por empresas y vinculado al desarrollo de dichas actividades. Si el transporte privado es particular y, por tanto, no se percibe ningún honorario por ello, no se necesita autorización de transporte.
- MPC: transporte de mercancías propias relacionadas con la actividad para vehículos de más de 3.500 kg.
Requisitos para obtener la autorización de transporte de mercancías
Cabe destacar que, tras la reforma que entró en vigor en 2019, ya no es necesario superar un examen para obtener la tarjeta.
Los requisitos básicos que establece el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) son los siguientes:
Para la autorización MDL y MDP
- Tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea.
- Tener el domicilio fiscal dentro de España.
- Tener personalidad física o jurídica.
- Disponer de, al menos, un vehículo, ya sea en régimen de propiedad o arrendamiento ordinario (alquiler) o financiero (leasing).
- Estar dado de alta en Hacienda en el epígrafe correspondiente al ejercicio profesional de la actividad de transporte.
- Estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.
- Disponer de dirección y firma electrónica, y del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles.
Además, si la empresa cuenta con, al menos, un vehículo con MMA superior a 3,5 toneladas, debe:
- Disponer de capacidad financiera por importe de 9.000 euros por el primer vehículo y de 5.000 euros más por cada vehículo adicional.
- Tener un establecimiento ubicado en el mismo lugar en el que esté domiciliada la autorización, donde se encuentren los documentos relativos a la gestión y funcionamiento de la empresa.
- Cumplir el requisito de honorabilidad para el ejercicio de la profesión.
Para la autorización MPC
- La finalidad principal de la empresa debe ser otra distinta al transporte de mercancías.
- Acreditar la necesidad de realizar el transporte en función de la naturaleza de la empresa y el volumen de actividad.
- Cumplir con las obligaciones fiscales y laborales exigidas por la legislación vigente.
- La mercancía transportada debe pertenecer a la empresa o haber sido vendida, comprada, alquilada, producida, etc., como parte integrante principal de la empresa.
- Los vehículos y conductores deben formar parte de la organización de la empresa.
- El transporte no puede ser facturado de forma independiente.
¿Cómo se solicita?
Para solicitar la tarjeta de transporte de mercancías, lo primero que hay que hacer es pagar las tasas correspondientes y después, realizar la solicitud cumplimentando el formulario electrónico, a la que hay que anexar las copias de los documentos que se requieran en cada caso. Para garantizar la fidelidad de los mismos, se exige la utilización de firma electrónica avanzada.
Una vez registrada la solicitud, se puede consultar el estado a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
¿Cada cuánto hay que renovarla?
La autorización hay que renovarla cada dos años:
- Años impares: deben renovarse las autorizaciones de los vehículos de más de 2 toneladas de MMA.
- Años pares: se visan las autorizaciones para transporte privado complementario de mercancías.
La solicitud de la renovación debe hacerse en el mes que corresponda, en función del número final del NIF de la empresa:
Mes de la renovación | Última cifra NIF | Mes de la renovación | Última cifra NIF |
Enero | 1 | Junio | 6 |
Febrero | 2 | Julio | 7 |
Marzo | 3 | Septiembre | 8 |
Abril | 4 | Octubre | 9 |
Mayo | 5 | Noviembre | 0 |
En los meses de agosto y diciembre no se realizan renovaciones.
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