Normativa de la DGT para las placas de matrícula pequeña

Normativa de la DGT para las placas de matrícula pequeña
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Algunos conductores se preguntan si es posible colocar una matrícula pequeña en el coche. En este sentido, la normativa es muy estricta, ya que establece las dimensiones homologadas que deben tener estas placas y solo se pueden modificar en determinados supuestos.

Resumen del contenido

  1. ¿Qué establece la normativa sobre las medidas de la matrícula de un coche?
  2. ¿Cuándo se puede poner una matrícula pequeña delante?
  3. ¿Se debe homologar la matrícula pequeña de un coche?
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La matriculación de un coche es un requisito obligatorio para poder circular por la vía pública. En el caso de los modelos de 4 ruedas es necesario que incluyan dos placas (una en la parte delantera y otra en la trasera), las cuales deben tener las medidas establecidas por ley. Por ello, es importante saber si se puede colocar una matrícula pequeña en el coche que no cumpla con los tamaños que están homologados.

¿Qué establece la normativa sobre las medidas de la matrícula de un coche?

Según el artículo 25 del Reglamento General de Vehículos, “para poner en circulación vehículos de motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, será preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne”.

Asimismo, el artículo 49 de dicha norma regula las dimensiones que deben tener este tipo de rótulos identificativos en los coches:

  • Matrícula ordinaria larga: 520 milímetros de ancho por 110 milímetros de alto.
  • Matrícula ordinaria alta: 340 milímetros de ancho por 220 milímetros de alto.
  • Matrícula ordinaria larga delantera: 340 milímetros de ancho por 110 milímetros de alto.

Además, las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados. Junto a ello, es preciso que sean retrorreflectantes, así como visibles y legibles de acuerdo con lo que se establece en la reglamentación.

¿Cuándo se puede poner una matrícula pequeña delante?

Pese a que suele ser bastante habitual encontrar vehículos por la vía pública que llevan una matrícula pequeña, no es posible modificar de forma aleatoria el tamaño que haya fijado el fabricante. Únicamente se puede colocar una placa de dimensiones más reducidas en los siguientes supuestos:

  • Cuando no es viable instalar un modelo ordinario largo.
  • Si la matrícula supone un obstáculo en la ventilación del motor.
  • En caso de realizar reformas en el coche que lo justifiquen, como por ejemplo la sustitución de un paragolpes y falta espacio o la instalación de un cabestrante.

No obstante, las matrículas pequeñas solo se permiten en la parte delantera de los vehículos incluidos dentro de la categoría M1 que están destinados al transporte de personas y cuentan con 9 plazas como máximo, incluido el conductor. En ningún caso la placa trasera puede tener un tamaño inferior a 540 por 110 milímetros o 340 por 220 milímetros.

¿Se debe homologar la matrícula pequeña de un coche?

Independientemente del motivo que obligue a cambiar una matrícula ordinaria larga por otra de tamaño más pequeño siempre es necesario homologarla. La documentación que se necesita para realizar este trámite es la siguiente:

  • Documento que acredite la reforma de la sustitución del paragolpes delantero, si es el caso.
  • Solicitud a través de formulario oficial.
  • Tarjeta de ITV (Inspección Técnica de Vehículos).
  • Justificante del pago de la tasa de matriculación correspondiente.
  • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del ayuntamiento donde radique el domicilio.
  • Además, para evitar problemas en la revisión técnica del vehículo es preciso presentar el informe de conformidad del fabricante y el certificado del taller.

No hay que olvidar que circular sin la matrícula, si esta no se puede ver o leer correctamente o si la matrícula está en mal estado, implica una sanción de 200 euros. En el supuesto de que se haya manipulado la placa, la multa asciende hasta los 6.000 euros más la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.

En estos casos, cuando no se está de acuerdo con los hechos que se notifican en la infracción, es posible reclamar. Para ello, el Seguro de Coche MAPFRE incluye una cobertura de defensa en multas de tráfico que abarca asesoramiento jurídico, así como preparación y presentación de alegaciones, pliegos de descargo y recursos.

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