El copiloto puede ser una ayuda para la seguridad o todo lo contrario, por lo que ante determinadas actitudes o posturas puede enfrentarse a multas importantes si compromete la seguridad propia y de los demás.
El Reglamento General de Circulación expresa que “el conductor “está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Por ello el conductor debe mantener siempre una posición adecuada para conducir y también garantizar que la mantengan todos los pasajeros.
¿Qué acciones del copiloto son sancionables?
El copiloto y el resto de ocupantes del vehículo pueden ser sancionados en determinados supuestos:
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Generar distracciones al volante:
Es sancionable cualquier acción que pueda representar un peligro para la seguridad vial. Por ejemplo, besarse con el conductor o discutir fuertemente con el mismo, pudiendo derivar en sanciones entre los 100 y los 500€ en función de la gravedad. Si además este tipo de acciones pueden provocar una conducción temeraria podrías acarrear la máxima sanción de 500€ y la pérdida de 6 puntos en su carnet de conducir para el conductor.
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No llevar el cinturón de seguridad:
Todos los pasajeros de un vehículo deben llevar el cinturón de seguridad de forma correcta mientras se circula. No usarlo o llevarlo de forma incorrecta además de un grave riesgo podría suponer una sanción de 200€ que se agrava con 4 puntos del carnet de conducir si se trata del conductor.
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Mantener una posición incorrecta:
Mantener los pies sobre el salpicadero es un riesgo muy grave en caso de impacto o frenada brusca, generando además un funcionamiento incorrecto del cinturón de seguridad (efecto submarino). Esto podría generar una sanción entre 80 y 100€.
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Arrojar objetos por la ventana:
Se trata de un acto que además de incívico y contaminante, puede ocasionar accidentes, y se castiga con 500€ y en caso de tratarse del conductor añadiendo la pérdida de 6 puntos, y en el caso de arrojar cigarros, dado que se puede provocar un incendio, se podría llegar a penas de prisión.
La siniestralidad y las distracciones
Los datos estadísticos de la DGT demuestran que las distracciones son causas de siniestro/accidente en un 30% de los casos, motivados por acciones tan comunes como fumar, manejar la radio, maquillarse, leer al volante, etc, con una incidencia en consecuencias fatales muy elevada.
Los aspectos que condicionan la mayor distracción se clasifican por la DGT entre factores externos e internos, de la siguiente forma:
- Factores internos: se trata de las circunstancia más personales del conductor, como son el estado físico, el consumo de medicamentos, la fatiga, el consumo de alcohol o drogas, fomentando todos ellos la distracción al volante y aumentando de manera exponencial los riesgos de accidente.
- Factores externos: afectan a la distracción y la conducción circunstancias tales como una señalización excesiva, la publicidad en calles y carreteras, calles o carreteras que no son familiares, carreteras monótonas, etc.
Es evidente que, para luchar contra las distracciones, se han puesto marcha diversas normativas de actuación y se sigue trabajando sobre ello, incluso obligando al montaje de determinados dispositivos de seguridad en los coches, intentando en lo posible disminuir la incidencia de todos estos factores en los riesgos de siniestralidad.
Recuerda prestar atención en la carretera siempre y sobre todo disponer de un Seguro de Coche MAPFRE con el que además, tienes incluida la cobertura de defensa de multas gracias a la cual dispondrás de servicios como la reclamación de multas. En el caso de que no estés de acuerdo con la sanción impuestas, los profesionales te ayudarán a presentar la documentación necesaria para las alegaciones. Descubre esta y otras ventajas de los Seguros MAPFRE.
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