Las competencias a nivel de tráfico se reparten entre las Comunidades Autónomas, el Estado y los municipios. Los ayuntamientos son los encargados de establecer las normativas con respecto a algunos aspectos del tráfico dentro del territorio que dirigen y hacerlas cumplir mediante los agentes de la Policía Municipal o la Guarda Civil. Así mismo, también pueden establecer sanciones ¿sabes qué multas municipales de tráfico existen?
Multas municipales
En materia de Tráfico el Estado es quien dictamina las leyes, pero algunas competencias son adquiridas por las Comunidades Autónomas o los Ayuntamientos. Así que, aunque sea el Estado el único con legislador, los Ayuntamientos tienen una serie de competencias cedidas por éste en materia de circulación vial. Por lo tanto, los agentes municipales serán los encargados de sancionar cuando se viole cualquiera de los aspectos que se encuentre dentro de su competencia, independientemente de que te paren para multarte o no.
Ordenación y regulación del tráfico
El Ayuntamiento es el encargado de regular el tráfico y adoptar medidas que lleven a organizar a los vehículos y peatones que circulan por la vía. Con ello, se busca que los agentes puedan aumentar la seguridad vial y mejorar los servicios de las vías para evitar problemas ambientales y atascos. Para ello podrán establecer itinerarios obligatorios de circulación o restricciones en vías urbanas.
El Ayuntamiento también tiene competencia sobre la señalización en la vía urbana, por lo tanto, serán los encargados de regular el tráfico mediante las señales correspondientes o semáforos. En el caso de que te saltes un Stop o un semáforo en rojo, los agentes municipales podrán multarte con la sanción establecida y la correspondiente pérdida de puntos marcada por la Ley de Tráfico.
Los agentes de la Policía Municipal serán los encargados de controlar y vigilar que se cumplan las normas de Tráfico en las vías urbanas del municipio.
Los agentes tienen potestad sancionadora, por lo tanto, además de potestad normativa, podrán establecer multas a las personas que no cumplan con la normativa de tráfico vigente. Los agentes municipales tienen el deber de denunciar todas las infracciones de tráfico que observen.
Por otro lado, la potestad para establecer las sanciones en el ámbito municipal es competencia exclusiva del alcalde de dicha localidad, tal y como recoge el artículo 68.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Estas sanciones solo pueden establecerse dentro de la vía urbana, que es hasta dónde llega su competencia. Es decir, las travesías no corresponden al municipio y por lo tanto, tampoco les corresponde a los agentes municipales sancionar a los conductores infractores.
Si has realizado una infracción dentro de vía urbana y un agente te ha sancionado, recibirás una multa por parte del Ayuntamiento en el que se haya cometido la infracción. Este deberá comunicar obligatoriamente al Registro de Conductores e Infractores las sanciones graves o muy graves en el plazo de 15 días.
Multas de aparcamiento
Debido a que el estacionamiento se realiza en las vías urbanas, será el Ayuntamiento el que lo regule mediante una Ordenanza municipal. Por lo tanto, además de delimitar las zonas de estacionamiento y establecer el régimen que tendrán dichas zonas (zona azul de Madrid, por ejemplo, verde, naranja…) también podrán multar por infracciones referentes al mal estacionamiento de un vehículo en la vía pública.
Teniendo en cuenta la prioridad de circulación y no obstaculización de la vía pública, los agentes municipales también podrán inmovilizar vehículos que estén estacionados o parados en lugares que impidan el paso a personas o vehículos en vías urbanas.
Una vez retirados, estos serán llevados al depósito municipal. El infractor deberá abonar una multa por mal estacionamiento y la correspondiente tasa por permanencia en el depósito.
Controles de alcoholemia
Los controles de alcoholemia o de detección de drogas son realizados por los agentes municipales siempre que se realicen en vías urbanas. Por tanto, las multas establecidas por conducir ebrio o bajo los efectos de algún estupefaciente serán emitidas por los agentes y deberán ser abonadas al Ayuntamiento correspondiente.
Conocer si te han multado
En el caso de que te hayan multado por cometer una infracción de tráfico en vía urbana, lo más normal es que el agente te haya informado acerca del error cometido y te haya proporcionado la correspondiente multa con su importe sancionador.
En otros casos, y debido a que la vigilancia se realiza por otros medios como pueden ser las cámaras de seguridad para el acceso a zonas restringidas, podrás recibir la multa directamente en tu domicilio. El Ayuntamiento se pondrá en contacto contigo para informarte sobre la infracción cometida, la fecha y la hora en la que ocurrió, el importe de la misma y los métodos de pago.
Una vez recibida, deberás abonarla por las vías que se indican. Además, en la sanción se establecerá si existe algún tipo de reducción de la cuantía por pronto pago. Por lo general, al igual que pasa con las multas de ámbito estatal, tendrás un plazo de 15 días desde la recepción de la notificación para realizar el pago con una reducción del 50%.
En el caso de que no hayas recibido ninguna notificación, podrás consultar si tienes multas a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico: TESTRA en el que se publican todas las sanciones. Si cuentas con certificado electrónico, el sistema te mostrará los resultados nada más acceder. En el caso contrario, aparecerán todos los edictos publicados. En la parte superior encontrarás una barra de búsqueda en la que deberás introducir tu DNI o la matrícula de tu vehículo para comprobar si aparece en alguno de ellos.
Puedes solicitar defensa jurídica en cualquiera de estos casos a los profesionales de tu póliza de Seguro de Coche.
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