En sanciones como las recogidas por un radar por exceso de velocidad, el usuario no tendrá constancia de la misma hasta que reciba una notificación al respecto, ya que ningún agente le ha parado tras la infracción.
Cuando es así, será necesario indicar a la DGT quién conducía el coche en el momento en que fue sancionado para que el organismo pueda retirarle los puntos correspondientes del carnet de conducir. Este punto es importante ya que es posible enfrentarse a una multa por no identificar al conductor. Te contamos en qué consiste y cómo puedes realizar el proceso.
La DGT puede multar al propietario del vehículo por no identificar al conductor que ha cometido una infracción de tráfico con su coche.
Así lo recoge el artículo 77 de la Ley de Tráfico en el que se indica que el propietario tiene “la obligación de identificar verazmente al conductor responsable”, siempre que la DGT se lo requiera. Si este requerimiento no es subsanado por el propietario, puede enfrentarse a una sanción de cuantía variable. La multa a pagar dependerá de la infracción cometida:
- Multa leve: si no identifica al conductor deberá abonar el doble de la sanción. En este caso, las sanciones leves se cuantifican hasta 100 euros, por lo que el máximo a lo que se enfrenta el propietario es a 200 euros.
- Multa grave: en este caso se aplica el triple de la sanción original, por lo que podrá ascender hasta los 600 euros.
- Multa muy grave: también se aplica el triple de la sanción original y en este caso puede suponer hasta 1.500 euros para el propietario.
Cómo identificar al conductor
Cuando se produce una infracción en la que el conductor debe ser identificado, el propietario del vehículo recibirá una notificación en la que se le indica esta obligatoriedad, la cuantía de la sanción y los puntos que perderá si este fuese el caso. Para evitar que la multa sea más abultada o cueste más, es necesario identificar quién ha sido el responsable de la infracción y comunicárselo a la DGT, pudiendo hacerse de las siguientes formas:
De manera presencial
Para poder identificar a un conductor de manera presencial en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico es necesario pedir cita previa. Para ello, la DGT pone al servicio del ciudadano distintas vías como el teléfono 060, su cita previa a través de Internet o por la app miDGT. Una vez obtenida será necesario que aportes toda la documentación requerida de manera presencial en la fecha y hora indicada.
A través de Internet
Puedes acceder a la página web de Tráfico tal y como se te indicará en la carta y aportar los datos requeridos para identificar al conductor. Deberás tener a mano el número de expediente y el código de notificación. Ten en cuenta que si el conductor que ha cometido la infracción no reside en España, no tiene el permiso adecuado para el vehículo que conducía o no dispone de un carnet de conducir, no podrás usar esta vía para la identificación.
Por correo postal
Es posible identificar al conductor por correo postal. En este caso será necesario rellenar el formulario incluido en la carta recibida en la multa y enviarlo a la dirección de la Jefatura de Tráfico correspondiente. Esta dirección aparecerá en el impreso del recibo.
A través de miDGT
Es miDGT la aplicación puesta en marcha por Tráfico para poder gestionar todo aquello relacionado con este organismo. A través de ella también es posible pagar multas e identificar al conductor de un vehículo que ha cometido una infracción de tráfico.
El proceso es muy sencillo, tan solo deberás acceder al apartado Mis Multas, pulsar sobre Pendientes e introducir los datos precisos para identificar al conductor.
¿Qué documentación se necesita para identificar al conductor?
A la hora de identificar al conductor responsable de la infracción será necesario aportar una serie de documentación ante la Dirección General de Tráfico. Así, deberás contar con los siguientes datos:
- Nombre
- Apellidos
- DNI (pasaporte o permiso de residencia)
- Domicilio postal
¿Qué plazo existe para identificar al conductor?
El plazo existente para presentar la identificación del conductor es de 20 días naturales. Estos empiezan a contar desde el día siguiente a la recepción de la comunicación de aviso al domicilio del propietario del vehículo. Si esta comunicación no se ha recibido, el plazo se alarga otros 20 días naturales, que comenzarán a contar al día siguiente desde su publicación en tablón Edictal Único.
¿Cómo puedo recurrir esta multa?
En caso de recibir una notificación de la sanción con la que no este conforme, lo más recomendable es presentar un recurso en contra de la sanción presentando todas la pruebas de las que disponga en un plazo de 20 días en la Jefatura de Tráfico correspondiente.
Si presentas esta alegación, recuerda que perderás el derecho a la reducción del 50%. En caso de que la resolución sea favorable para ti, se realiza un sobreseimiento de la denuncia, quedando suspendida la sanción. Si por otro lado, si no es así deberás abonar el 100% de la sanción en el plazo de 1 mes. Si después de esta resolución sigues sin estar de acuerdo, aún podrás acudir directamente a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, para lo que necesitarías abogado y procurador.
Evita que te sancionen cuando estaba conduciendo otra persona tu vehículo y recuerda que si cuentas con el Seguro de Coche MAPFRE tienes un servicio de asesoramiento jurídico en multas de tráfico para ayudarte con cualquier tipo de duda.
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