¿Me pueden poner una multa de tráfico sin pararme?

¿Me pueden poner una multa de tráfico sin pararme?
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La Ley de Tráfico  que entró en vigor en mayo de 2014 ofrecía importantes novedades respecto a la notificación de las multas. Principalmente, que ya no era neceserio parara al infractor para entregarle la multa y que, de no hacerlo, perdiese validez. Estos son los detalles sobre la cuestión que necesitas saber.

Resumen del contenido

  1. Los agentes tienen presunción de veracidad tras poner una multa de tráfico
    1. Comprueba el TESTRA y habilita una Dirección Electrónica Vial
    2. Primera notificación, por correo certificado
    3. 20 días naturales para pagar o reclamar
    4. Si no te contestan, la multa prescribirá
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¿Pueden poner una multa sin pararte? Con la nueva Ley de Tráfico en la mano, la respuesta es sí. Actualmente, se permite no parar e identificar al infractor cuando el agente esté ocupado realizando labores de vigilancia o control del tráfico y en ese momento carezca de medios para perseguir al vehículo, hacerle parar y notificar al conductor su infracción.

Los agentes tienen presunción de veracidad tras poner una multa de tráfico

Es más, anteriormente, los agentes podían no notificar la infracción al conductor cuando contaban con una fotografía que lo demostrara, o si el hecho de pararte podía producir una situación de riesgo para el resto de los usuarios de la vía. Es decir, puedes recibir una multa por un radar móvil sin que te paren. Pero ahora «la presunción de veracidad de los agentes hace legalmente innecesaria la detención del infractor», dice la Ley. Así pues, mucho ojo, pues pueden poner una multa de tráfico sin que lo adviertas.

Por norma general, según el artículo 89 de la Ley de Tráfico y Seguridad, las notificaciones de las multas hay que realizarlas en el acto. Sin embargo, los agentes no están obligados a notificar la multa en el momento ya que pueden hacerla llegar a su domicilio con posterioridad.

Si te llega la notificación y no estás de acuerdo con los hechos puedes recurrirla en un plazo de los siguientes 20 días naturales desde el día siguiente a que recibas la notificación. Te recomendamos que aportes pruebas e informes que consideres oportunos para cancelar la multa.

Además, si se trata de una multa por velocidad, los agentes locales de movilidad tienen presunción de veracidad dentro de sus competencias, es decir, siempre que sea en el municipio para el que trabajan y de acuerdo con su labor profesional.  En estos casos, no es necesaria una prueba gráfica pues prima la mera presunción de certeza del agente para considerar que se ha cometido la infracción, salvo que los interesados lograsen probar lo contrario.

Comprueba el TESTRA y habilita una Dirección Electrónica Vial

Por tanto, y ante este nuevo marco legal, lo más sensato es darse de alta en sistemas de la Dirección General de Tráfico (DGT) como el TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico de la DGT) o el DEV (Dirección Electrónica Vial, o correo electrónico que puedes dar de alta para recibir las notificaciones de Tráfico), a fin de que recibas puntualmente las notificaciones de las multas.

Recuerda que el hecho de no enterarte -o no darte por enterado al poner una multa de tráfico- no te exime de su pago. Todo lo contrario, después de poner una multa de tráfico, pueden hacer que pierdas la oportunidad de obtener un descuento o pago reducido, o incluso que acumules recargos y el importe final se incremente considerablemente.

Primera notificación, por correo certificado

Si el agente denunciante decide no informarte en el momento de la infracción, la autoridad de Tráfico mandará la notificación a través de correo certificado al domicilio que figura en el Registro de la Dirección General de Tráfico, salvo que hayas indicado otra dirección o tengas asignada una Dirección Electrónica Vial, como antes mencionábamos. Ten en cuenta que si no estás en casa en el momento de que te entreguen la notificación por correo certificado, la multa se publicará en el TESTRA.

20 días naturales para pagar o reclamar

Con la nueva Ley de Tráfico, se han unificado los plazos para presentar alegaciones si consideramos que la multa se puede recurrir, y para pagar una multa con importe reducido. Hasta la entrada en vigor de la norma, los plazos en algunos casos eran de 15 días y en otros de 20. Pues bien, a partir del 9 de mayo de 2014, fecha de entrada en vigor de la norma, los plazos se unificaron, y tanto para reclamar como para pagar una multa con un importe reducido del 50 por ciento cuentas con 20 días naturales desde que se te notifica.

Pero ten presente que si, por el contrario, el agente de Tráfico te entrega en mano la multa cuando cometes la infracción, el tiempo empieza a correr en ese mismo momento para pagarla de forma reducida o para presentar alegaciones, sin necesidad de notificarla por correo postal al domicilio del denunciado.

Una vez que pagas la multa reducida, finalizan automáticamente tus posibilidades de recurrir en vía administrativa. También se detraerán en ese momento los puntos, si el agente así lo ha considerado.

Ahora bien, si no estás de acuerdo con la multa y quieres recurrirla, puedes hacerlo dentro del plazo de 20 días naturales desde que se te notificó la denuncia, pero deberás aportar todas las pruebas que dispongas. Si se aceptan tus alegaciones, te anularán la denuncia, y finalizará el procedimiento.

Si no te contestan, la multa prescribirá

Si te la desestiman, recibirás la resolución con el importe a pagar de la sanción y con la detracción de puntos correspondiente -si es el caso-. Recuerda que será el Ayuntamiento correspondiente, dependiendo del tipo de infracción, el que deberá cumplir unos plazos determinados para contestarte: cuatro meses para las infracciones leves y siete meses para las infracciones graves y muy graves. Muy atento a esto último, pues si el consistorio incumple el plazo, la infracción prescribirá y se archivará.

¿Te ha llegado una multa por ser propietario de un coche, pero no lo conducías en ese momento? Tendrás que facilitar la identidad del conductor y su domicilio en el plazo de 20 días naturales, con el fin de que Trafico pueda notificarle la multa.

¿Eres el dueño de una empresa y te ha llegado la multa de uno de tus empleados? Tienes la obligación de identificar al conductor en el mismo plazo; no hacerlo puede suponerte una sanción de doble o triple importe al de la infracción originaria.

Recuerda que tu Seguro de Coche MAPFRE te ofrece la cobertura de Defensa en Multas de Tráfico, por la que contarás con asesoramiento jurídico en todo lo que concierne a tus sanciones, así como ayuda en la preparación, redacción y presentación en tu nombre de recursos, pliegos de descargo y alegaciones ante el organismo competente.

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