En las grandes ciudades, la saturación de coches, la escasez o la regulación de aparcamientos, la proliferación de zonas restringidas al tráfico, etc., hacen que cada vez sea más difícil dejar el coche aparcado en un lugar adecuado. Por ello, no es raro pensar que la grúa municipal esté al acecho de cualquier infracción para retirar un vehículo de la calzada. Una vez que esto ocurre, ¿qué se puede hacer para recuperarlo? ¿Hay que pagar la grúa en todos los casos?
Qué hacer si la grúa se lleva tu coche
Si la retirada del vehículo se ha efectuado por alguno de los supuestos que contempla el artículo 105 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la única solución para recuperar el vehículo es pagar la grúa, es decir, pagar no solo la tasa municipal por recogida del vehículo sino también el importe por el tiempo que el vehículo ha permanecido en el depósito, que dependerá de la diligencia que se haya tenido en retirarlo. La multa vendrá después.
¿En qué casos hay que pagar la grúa?
¿Cuáles son esos supuestos del mencionado artículo 105 que obligarían a pagar la grúa?
Estos serían los casos en los que un vehículo podría ser retirado de la vía pública y trasladado a un depósito por Agentes de la autoridad:
- Si el vehículo constituye un peligro, causa perturbaciones graves a la circulación tanto de otros vehículos como de peatones, o provoca algún deterioro a servicios o propiedades públicas.
- Si el vehículo ha sufrido un accidente y queda imposibilitado para seguir circulando.
- Cuando se trata de inmovilizar legalmente a un vehículo y el lugar en el que se encuentra no es adecuado para hacerlo porque se dificultaría la circulación de otros vehículos o de personas.
- Cuando un vehículo haya sido inmovilizado por la los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de sus funciones como consecuencia de una infracción o por deficiencias y persisten las causas que motivaron esa inmovilización.
- También será retirado por la grúa el vehículo está estacionado en alguno de los lugares siguientes: en una plaza reservada para personas con discapacidad y no tiene colocado el distintivo que lo autoriza; en carriles reservados exclusivamente para la circulación o para determinados usuarios (bus, taxi) o en zonas de carga y descarga; en una zona habilitada como estacionamiento con limitación horaria y no exhibe el tique o bien se ha superado el triple del tiempo abonado; en un lugar que obstaculiza, dificulta o supone un peligro para la circulación.
Sin embargo, no siempre es obligada la retirada del vehículo en estos supuestos. Como se dice en el número 1 del citado artículo, se podrá proceder a la retirada del vehículo «si el obligado a ello no lo hiciera». Ello supone que el conductor o propietario del vehículo está presente, en cuyo caso los agentes deberían darle la oportunidad de que lo retire él mismo, y solo si este se negara, proceder entonces a retirarlo con la grúa.
¿En qué casos no tendrás que pagar la grúa si se ha llevado tu coche?
El punto 2 del artículo 105 lo expresa claramente: «en los casos de sustracción u otras formas de utilización del vehículo en contra de la voluntad de su titular, debidamente justificadas».
Es, decir si te han robado el coche o alguien lo ha utilizado en contra de tu voluntad no estás obligado a pagar los gastos de la grúa, ni del depósito, ni las multas por las infracciones que haya cometido quien lo utilizó. Ahora bien, tendrás que justificarlo y, si no has presentado denuncia ante la Policía, te va a resultar difícil demostrarlo.
¿Qué ocurre si vas a recoger tu coche y ves que la grúa lo está cargando en ella?
En este caso, puedes exigir la devolución del coche y sólo tendrás que pagar la tasa de interrupción, que suele ser la mitad de la tasa de retirada, cuyo importe depende de lo que haya fijado cada ayuntamiento. Esto es lo más común, sin embargo existen ayuntamientos que no admiten esa reducción, mientras que otros, en este mismo caso, no cobran nada.
No obstante, si crees que han vulnerado tus derechos como conductor, puedes presentar un recurso tanto por la multa como por los costes de la grúa o del depósito.
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