Conducir sin disponer del carnet de conducir es una de las infracciones más graves posible y se sanciona con multas de hasta 6.000€ y penas de prisión que pueden alcanzar hasta los 6 meses. Las penas más elevadas se imponen si se trata de un delito repetitivo. Se pueden sumar varias sanciones y acarrear grabes sanciones según nuestras leyes penales actuales.
Tipos de infracciones posibles por conducir sin carnet
Conducir cualquier tipo de vehículo sin poseer el carnet que habilita para ello es en general una infracción considerada como “muy grave”, aunque hay diversos hechos que confieren distintas penas debido al origen de la anomalía en cuestión.
El artículo 384 de Código Penal establece de manera literal: “El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días”.
Es evidente que la consideración penal de esta infracción es suficientemente potente y acredita la amplia posibilidad de sanción en su caso, si bien conviene estudiar al detalle los distintos supuestos que generan este posible delito o infracción:
Supuestos – Hechos |
Actuación posible de los agentes | Acciones añadidas |
Conducir sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción |
Delito. Detención e instrucción de diligencias | Inmovilización y vehículo a disposición de juzgado |
Conducir habiendo perdido el total de los puntos (constatado) |
Delito. Detención e instrucción de diligencias | Inmovilización y vehículo a disposición de juzgado |
Conducir habiendo sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por Decisión Judicial |
Delito. Detención e instrucción de diligencias | Inmovilización y vehículo a disposición de juzgado |
Conducir un vehículo a motor siendo titular de la licencia LVA o LCM pero careciendo de permiso |
Infracción administrativa | Inmovilización hasta desaparecer causas |
Conducir habiendo sido privado del permiso o licencia por Resolución Administrativa |
Infracción administrativa | Inmovilización hasta desaparecer causas |
Conducir con permiso o licencia caducada |
Infracción administrativa | Inmovilización hasta desaparecer causas |
Conducir careciendo de permiso, pero poseyendo permiso de otro país, canjeable o no, caducado o no |
Infracción administrativa | Inmovilización hasta desaparecer causas |
Conducir con LCC o AM un vehículo que requiere permiso superior (B, C, D, etc) |
Infracción administrativa | Inmovilización hasta desaparecer causas |
Multa o sanción por conducir sin carnet
Al tratarse de una infracción considerada como muy grave, en el caso en el que los agentes detengan un vehículo y encuentren que se está conduciendo sin carnet por cualquiera de las causas explicadas anteriormente, los agentes impondrán una sanción de 500€ para empezar, e inmovilizarán el vehículo como consecuencia de esta sanción.
Se trata de un delito contra la Seguridad Vial perfectamente tipificado en el Código Penal (Artículo 384), como hemos visto, pudiendo exigir el pago de una multa diaria, entre 12 y 24 meses.
De todos modos la multa que puede imponer el juez estará vinculada a la capacidad económica del acusado, pudiendo llegar a un máximo de 288.000€ (24 meses de multa x 400€/día) como marca el artículo 50 del mismo Código Penal.
En las menos ocasiones, el juez puede optar por castigar a quien conduzca sin carnet con la obligación de realizar trabajos para la comunidad durante un plazo que oscila entre los 31 y los 90 días como máximo.
Además, la infracción de conducción si carnet se puede castigar con penas de prisión de 3 a 6 meses, con lo que no se entrará en prisión en el caso de no tener antecedentes o repetición del delito.
Recuerda que, para conducir tranquilo, además de tener el carnet en regla, debes contar con un seguro para tu vehículo como el Seguro de Coche MAPFRE.
Comentarios (0)