Documentación para conducir en el extranjero

Documentación para conducir en el extranjero
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¿Tienes programado un viaje en los próximos días fuera de España? Tanto si vas a utilizar tu coche o uno de alquiler, te interesará saber qué requisitos son necesarios para conducir en el extranjero, documentación y permisos.

Resumen del contenido

  1. Documentación para circular fuera de la UE y de los países con acuerdo
    1. Impuestos especiales para circular por algunos países
  2. Qué pasa si resides en el extranjero
  3. ¿Puedo viajar al extranjero con el permiso de conducir provisional?
  4. ¿Puedo viajar con un vehículo que no es mío?
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Si tu destino se encuentra dentro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o en alguno de los países con los que España tiene firmados tratados y acuerdos recíprocos, para conducir en el extranjero solo necesitarás tu permiso de conducir, siempre que sea válido y esté en vigor. 

Recuerda que si está a punto de caducar, puedes renovarlo hasta 3 meses antes de la fecha en la que cumple, pero la autorización provisional hasta que tengas el carné original sólo te servirá para circular por España. 

Los países fuera de la Unión Europea con los que España tiene convenios son: Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Turquía, Túnez, Ucrania, Macedonia. 

Documentación para circular fuera de la UE y de los países con acuerdo

Para moverte por estas ciudades necesitarás un Permiso Internacional válido en cualquier parte del mundo durante un año y respaldado por la ONU. Se trata de un permiso de circulación provisional extranjero que debes solicitar con antelación. Para conseguir este permiso solo tendrás que acudir a cualquier oficina de la Dirección General de Tráfico, presentar tu carné de conducir, DNI junto con una fotografía reciente y pagar una tasa de 10,10 €. No tendrás que esperar ningún plazo, te lo dan al instante. 

Es muy aconsejable ir bien preparado tu viaje y tener clara la normativa en materia de tráfico de los países a los que vamos a viajar, ya que difiere de unos a otros, incluso dentro de la Unión Europea.

Impuestos especiales para circular por algunos países

En Austria, Bulgaria, República Checa, Hungría, Montenegro, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia y Suiza cobran por utilizar sus carreteras, aun sin pernoctar en su territorio, cobrar por circular por sus carreteas. Esto es por el impuesto “Sistema de Vignette o Viñeta”. Para adquirir la viñeta o adhesivo debes acudir a las gasolineras, áreas de descanso del propio país o países vecinos. Por ejemplo, en el caso de Suiza, el pago anual es de 40 francos suizos (unos 33 euros). Austria, pone precio a la Vignette dependiendo de la duración de la misma para 10 días, 8 €; para dos meses, 23,40€; y para 1 año, 77,8 €.

Qué pasa si resides en el extranjero

En el caso de que seas español, pero tu residencia habitual se encuentre en otro país extranjero, será necesario que obtengas un carné de conducir y los permisos pertinentes para circular con tu coche en el país en el que te encuentras viviendo, aunque podrás seguir usando tu permiso español mientras éste se encuentre en vigor.

De forma voluntaria, podrás optar por cambiar tu permiso al equivalente en el país en el que residas. Para ello, será necesario que demuestres que efectivamente vives de forma habitual en el país y que cumples con los requisitos legales y psicotécnicos. Para realizar el cambio, tu permiso no debe estar suspendido, retirado o restringido.

Existen una serie de situaciones en las que será obligatorio que convalides tu carné de conducir por el del lugar en el que resides de forma habitual para poder circular con tu coche:

  • Delito de tráfico: si te has visto involucrado en un delito de tráfico en el país en el que resides, deberás obligatoriamente obtener el permiso de dicho país.
  • En caso de robo, pérdida o deterioro: en el caso de que se cumpla alguna de estas causas, será necesario que acudas a la delegación de tráfico del país en el que te encuentres para que te expidan un nuevo permiso.
  • Permisos indefinidos: en el caso de que el país en el que resides de forma habitual te lo exija, deberás cambiarlo.

Tanto si vas a viajar con tu propio vehículo o con uno de alquiler, recuerda llevar en regla toda la documentación obligatoria:

  • Permiso de circulación o autorización provisional expedida por Tráfico: este documento sirve para identificar al titular del vehículo en cuestión, incluyendo todos los datos de éste. 
  • Pegatina e informe favorable de la ITV: siempre y cuando el vehículo haya debido pasar esta revisión. En caso de vehículos nuevos, debe pasarse a los 4 años de su primera matriculación. 
  • La póliza del seguro: serán los agentes encargados de tráfico los que comprueben, en el momento en que se produce el control, si dicho coche tiene el seguro pagado o no. De lo contrario, incurriría en una sanción administrativa. 
  • El recibo del pago del impuesto de circulación. 
  • Permiso de circulación o autorización provisional expedida por Tráfico: este documento sirve para identificar al titular del vehículo en cuestión, incluyendo todos los datos de éste. 
  • Tarjeta de inspección técnica del vehículo: cartón de color verde, en el que se acredita la identidad de nuestro vehículo y que éste se encuentra homologado para poder circular por cualquier carretera del país. 
  • Parte Europeo de Accidentes y Carta Verde 

Por último, la renovación siempre deberá hacerse en el país en el que residas de forma habitual y siempre que éste no esté suspendido, caducado o retirado en el país que lo expidió.

¿Puedo viajar al extranjero con el permiso de conducir provisional?

EL permiso de conducir provisional es una autorización provisional que expide la DGT que permite conducir mientras se espera el permiso de conducir original, una vez aprobado el examen de conducir, o mientras se renueva el carnet.

Este permiso es igual de válido para la conducción que el carnet original en todo el territorio español, pero no está permitido viajar con el por la unión europea o al extranjero.

¿Puedo viajar con un vehículo que no es mío?

Cuando se viaje con un vehículo que no sea de su propiedad o con un vehículo alquilado en países de la Unión Europea, lo aconsejable en estos casos es indicar en la DGT al conductor habitual del vehículo para evitar posibles inconvenientes fuera del territorio español.

Para países fuera de la Unión Europea, como Marruecos, y en caso de conducir un vehículo del que no se es propietario o titular, es necesario estar provisto de un documento de cesión debidamente validado ante la Representación Diplomática o Consular en España.

En caso de ser un vehículo alquilado, deberás asegurarte de que la empresa donde vas a alquilar el coche, permite llevarlo a otro país, y consultar todas las dudas y cláusulas que pueden tener al respecto, como, por ejemplo, tasas por kilometraje, límite de tiempos de entrega, seguros específicos, etc.

En cualquier caso, si tienes alguna duda sobre todo lo indispensable para conducir en el extranjero, documentación y permisos, siempre puedes consultar a tu aseguradora. Y no te olvides de contratar un Seguro de Viaje como el de MAPFRE que incluye asistencia a personas, demoras o accidentes personales.

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