Pruebas del certificado médico del carnet

Pruebas del certificado médico del carnet
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¿En qué consiste el certificado médico?, ¿es necesario para obtener el carnet de conducir?, ¿y para renovarlo? Te lo contamos en este artículo.

Resumen del contenido

  1. Especificado en el Reglamento General de Conductores
  2. Cuándo es necesario realizar de nuevo el reconocimiento médico
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Pasar un reconocimiento médico es imprescindible para renovar el carnet de conducir, y contiene varias pruebas psicofísicas que hay que completar. Este certificado médico es también requisito para obtener el carnet por primera vez junto a las pruebas teóricas y prácticas.

Se puede conseguir realizando una serie de pruebas psicofísicas que están perfectamente reguladas y legisladas, y deben ser realizadas en uno de los centros de reconocimiento médico autorizados por la DGT, y que se encuentran ubicados a lo largo de toda la geografía nacional.

Especificado en el Reglamento General de Conductores

Su nombre oficial es “Informe de aptitud psicofísica” y está regulado en el Reglamento General de Conductores, en el que también se especifica que en cada Centro de Reconocimiento debe siempre haber como mínimo un médico y un psicólogo, además de un oftalmólogo, aunque se autoriza a que el centro tenga algún tipo de concierto con una clínica oftalmológica.

Fuente: revista Motor Mundial

La correspondiente evaluación de las capacidades psicofísicas, entre otras cosas, sirve para entender si la persona está capacitada para conducir, por lo que la persona firma un documento en el que se compromete a no desfigurar la verdad y ocultar la existencia de una enfermedad.

Las pruebas a realizar son las siguientes:

1) Evaluación general del médico, con una serie de preguntas para entender si el conductor tiene algún tipo de enfermedad, toma alguna medicación, en el caso de retirada del carnet entender el motivo, si se ha tenido algún accidente, si está bajo algún tipo de tratamiento psiquiátrico, si tiene tensión alta, diabetes, etc.

2) Pruebas de visión, se exige un medio de agudeza visual con corrección o sin ella, es decir, con o sin gafas (se específica en el carnet de conducir en el número 12), y esto se hace con las siguientes pruebas:

  • Test Snellen: leer correctamente unas letras en un cartel situado a unos cinco metros de distancia.

  • Prueba de destello: simulación en la que un coche te lanza una ráfaga de luz y se analiza el tiempo que se parda en volver a distinguir los objetos delante tras el destello.

Fuente: revista Motor Mundial

3) Prueba de audición, en una sala insonorizada se prueba cuando se escucha un sonido a distintas frecuencias. En caso de no superar esta prueba será imprescindible un audífono para conducir.

4) Pruebas de coordinación y anticipación: mediante pruebas de coordinación bimanual, anticipación y velocidad de reacción, con un margen de error alto en general.

  • Coordinación bimanual y velocidad de reacción: sujetando con cada mano unos controles y visualizando una pelota en una pantalla que se debe dirigir sin que toque los bordes, para comprobar así también los reflejos.

  • Anticipación: mediante una pelota que se mueve libremente por una pantalla, marcando el momento en que pasa por un punto en el que no se ve la misma.

Cuándo es necesario realizar de nuevo el reconocimiento médico

Es siempre imprescindible para poder renovar el permiso de conducir, presentando el resultado de esta evaluación para ello (se tardan entre 15 y 20 minutos en realizar las pruebas).

El carnet de conducir se debe renovar cada 10 años hasta cumplir los 65 años, momento en el que empieza a caducar cada 5 años, y hay que realizarlo cada vez que caduque el permiso. Hay siempre que pagar la denominada tasa de tráfico 4.3 que asciende a 24,34€.

Los centros autorizados por la DGT son en realidad terminales de tráfico. Por lo que allí mismo se realiza la foto al terminar la revisión y recogen la firma para enviar la documentación la DGT, tardando el permiso definitivo un mes o mes y medio en llegar al domicilio, aportando el mismo centro una autorización temporal para conducir.

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