¿Se puede circular sin placa delantera?

¿Se puede circular sin placa delantera?
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No es posible circular de forma legal en España sin llevar placa delantera de matrícula, la posterior también es obligatoria y las multas son importantes si recibes una sanción por esta causa. Además de llevarla tiene que ser legible.

Resumen del contenido

  1. Las matrículas en la normativa legal
    1. Reglamento general de Vehículos: artículo 25.
    2. Reglamento general de Vehículos: artículo 49.
  2. Multas relacionadas con las placas de matrícula
    1. ¿Qué hago sin me roban la matrícula?
    2. ¿Cuándo se conceden matrículas provisionales?
      1. Matrículas provisionales rojas
      2. Matrículas provisionales verdes
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Circular sin placa delantera en el coche no está permitido. Te arriesgas a sufrir graves sanciones, pero además de llevar la matrícula es importante que la tengas en buen estado y que no presente ningún tipo de manipulación. Hay que prestar bastante atención a los detalles que sí importan respecto a las placas de matrícula.

Las placas de matrícula que lucen los coches son como los DNI de los ciudadanos, por lo tanto, son totalmente obligatorias para identificar a los vehículos en cualquier situación. Como información oficial, está sometida a unos requisitos que deben cumplirse respecto a su tamaño, mantenimiento o caracteres.

Reglamento general de Vehículos: artículo 25.

  • TÍTULO IV: Autorizaciones de circulación de los vehículos. CAPÍTULO I: Matriculación.

Artículo 25: “Para poner en circulación vehículos de motor, así como remolques y semirremolques de  masa  máxima  autorizada  superior  a  750  kilogramos,  será  preciso  matricularlos  y  que lleven  las  placas  de  matrícula  con  los  caracteres  que  se  les  asigne,  del  modo  que  se establece en el anexo XVIII. Esta obligación será exigida a los ciclomotores de acuerdo con lo que se determina en el artículo 28 del presente Reglamento”.

    La normativa vigente no deja lugar a las dudas, es obligatoria tanto la matriculación como llevar las placas de matrícula que identifican al coche en todas las situaciones, al igual que a las motos. Por ello, los que quieran circular con motos de cross necesitan placas.

    Reglamento general de Vehículos: artículo 49.

    • TÍTULO IV: Autorizaciones de circulación de los vehículos. CAPÍTULO VII: Placas de matrícula

    Artículo 49: Homologación, caracteres, dimensiones y otros requisitos.

    • Las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser visibles y legibles, de acuerdo con la reglamentación que se recoge en el anexo I. En las placas de matrícula, deben figurar los caracteres que se indican en el anexo XVIII. Las dimensiones de las placas de matrícula, así como las de los caracteres a inscribir en ellas, y las separaciones entre caracteres y los bordes de las placas y sus colores, serán los que se determinan en dicho anexo. El número de placas de matrícula que debe llevar cada vehículo, así como su ubicación en el mismo, se ajustarán a lo dispuesto en el citado anexo.
    • El número de manipulador, asignado y registrado por la Jefatura de Tráfico que corresponda a la provincia de su domicilio, se troquelará en todas las placas en el centro del borde izquierdo de la placa sin cubrir ni pintar (bordón) en posición vertical, de acuerdo con lo especificado en el referido anexo.
    • Queda prohibido que en las placas de matrícula se coloquen, inscriban o pinten adornos, signos u otros caracteres distintos de los señalados en el anexo XVIII, incluida la publicidad en el interior de estas.

    Se autoriza la utilización de un marco ajeno a la propia placa, el cual podrá ir grabado en la parte inferior con publicidad, siempre y cuando su contorno no exceda de 26 milímetros al borde del exterior de la placa.

    Asimismo, se prohíbe que en las partes anterior y posterior de los vehículos la colocación de placas complementarias no autorizadas o que se fijen o pinten marcas o distintivos que por su forma, color y caracteres dificulten la legibilidad o puedan inducir a confusión con los caracteres reglamentarios de las placas de matrícula.

    Multas relacionadas con las placas de matrícula

    Las placas de matrículas están incluidas en la Inspección Técnica de Vehículos y pueden ser además, objeto de multa en cualquier revisión general de las autoridades de tráfico por lo que interesa no descuidar su estado y mantenimiento:

    • Cuando cualquiera de las dos placas es ilegible, basta con que sea en parte y que sea por cualquier circunstancia como suciedad, nieve o barro; la responsabilidad es tuya y te pueden sancionar con hasta 200 euros de multa.
    • Modificar la matrícula es una infracción muy grave y, en consecuencia, se contemplan según el caso sanciones de hasta 6.000 euros y, además, es casusa de inmovilización de vehículo.

    ¿Qué hago sin me roban la matrícula?

    Relacionado directamente con las placas de matrícula es habitual la duda de los conductores de qué hacer si descubren que sus placas han sido robadas o las has perdido. En este caso la DGT no tiene dudas a lo que debe hacerse: no es posible circular, no importa si la placa ha sido robada o dañada o perdido. Bajo ningún concepto la circulación está permitida.

    Si eres víctima de un robo de placas en tu coche, agradecerás tener un seguro de coche que cubra esta situación para minimizarte problemas, trámites y gastos. La denuncia es el primer paso, necesario para poder solicitar que tu coche sea trasladado a un taller donde puedan ponerle de nuevo nuevas placas.

    Cuando roban las matrículas, pero tú sigues teniendo todos los papeles de tu coche y en regla, no tendrás mayor problema con esto y la denuncia correspondiente, y podrás pedir que te hagan placas nuevas con tu matrícula de siempre, evitando así multas y sanciones.

    ¿Cuándo se conceden matrículas provisionales?

    https://bit.ly/2D2H3XQ

    Hay ocasiones en las que la DGT concede matrículas provisionales con una validez de hasta 12 meses. Actualmente hay dos tipos principales en España: las matrículas provisionales verdes y las rojas. Cada una de ellas se utiliza para casos concretos.

    Matrículas provisionales rojas

    Las placas con fondo rojo y caracteres en blanco se usan para tres circunstancias principales:

    • Baja temporal: vehículos que sí han estado matriculados, pero se han dado de baja por transmisión, lucen la letra V.
    • Coches de importación: nuevos o de segunda mano que están a la espera de una matrícula definitiva que ya están tramitando. Letra S.
    • Coches para pruebas: se usa para vehículos destinados a la realización de pruebas técnicas, transporte o ensayos de investigación. Letras FV.

    Matrículas provisionales verdes

    Este tipo de placas distintivas con fondo verde y letras en blanco, se usan para vehículos nuevos de origen extranjero que están esperando su matrícula definitiva. Se diferencian 3 tipos, dependiendo de su función o validez en el tiempo:

    • Vehículos que esperan matrícula española: 60 días de validez.
    • Vehículos que van a viajar al extranjero para matricularse allí: 60 días de validez.
    • Vehículos que van a viajar de una provincia a otra para ser matriculados: solo tienen validez por 10 días.

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