Es una pregunta muy recurrente ya que la mayoría de los usuarios no conocen bien la normativa en este sentido y no saben si se puede multar por no desmontarla cuando no está en uso.
Es interesante clarificar este asunto anticipando que no hay ninguna normativa en España que obligue en ningún caso a desmontar la bola de remolque de forma específica, aunque si normativas sobre aquello que no debe producir una vez montada.
Un remolque es un elemento muy útil que facilita los desplazamientos con moto o quad hasta un circuito, ayuda a llevar la carga necesaria e incluso es ideal también para poder enganchar al vehículo una caravana como medio añadido de viaje, o cualquier otro remolque especialmente diseñado para transporte de caballos, vallas publicitarias, etc.
Para poder llevarlo es necesario contar con la famosa bola de remolque que es de distinto diseño en función de la carga a remolcar.
Es verdad que en España la cultura de remolque no está muy extendida y es por ello que existe un gran desconocimiento sobre el tema, que está regulado en el Reglamento General de Circulación, el Real Decreto 866/2010 -que regula la tramitación de reformas de vehículos- y el Manual de Reformas de vehículos.
La legislación española también posibilita que las motocicletas circulen con remolque bajo ciertas condiciones muy bien especificadas.
Los posibles usos de un dispositivo de enganche son múltiples, si bien una vez desenganchado el remolque del vehículo, surgen las grandes preguntas sobre lo que se debe hacer con la bola, si hay alguna legislación que obligue a desmontarla o incluso si se puede dar el caso de ser multados por no desmontarla, dudas a las que pretendemos dar respuesta en este artículo.
¿No desmontar la bola puede conllevar algún tipo de sanción?
Sobre este tema hay cierta controversia ya que en España se han dado algunos casos de conductores sancionados por circular con la bola de remolque montada sin tener ningún medio de remolque enganchado, aunque conviene clarificar que en España no existe ninguna norma que obligue claramente a desmontarla, por lo que el origen de estas sanciones que conocemos seguramente sea por motivos distintos al hecho de llevar la bola de remolque montada.
Estos motivos pueden estar basados en el Código de Tráfico y Seguridad Vial que en su capítulo VII (placas de matrícula), especifica que “las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser perfectamente visibles y legibles”.
Igualmente, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su artículo 10 (Usuarios, conductores y titulares de vehículos), especifica que “El conductor debe verificar que las placas de matrícula del vehículo no presenten obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación”.
Finalmente, el Reglamento General de Circulación, en su artículo 14 (disposición de carga), también establece lo siguiente: “La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores”.
Por todo lo explicado, concluimos que las posibles sanciones no son por el mero hecho de no desmontar la bola de remolque, sino que están vinculadas a las posibles dificultades de lectura de las placas de la matrícula o de las funciones de alumbrado del vehículo, siendo ambas una falta grave en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (multas de 200 €).
Consejos sobre la utilización de la bola de remolque
A la hora de instalar un dispositivo de enganche en un vehículo, siguiendo la normativa española, conviene conocer bien las opciones que nos ofrece el mercado con tipos de enganche de bola fija, desmontable o retráctil:
- Enganche de bola fija: conviene verificar en el taller en el que se monte que la bola de remolque no dificulte la lectura de la placa de matrícula ni las funciones de alumbrado del vehículo. Además, es necesario pasar la ITV cuyo visto bueno en cuanto a la reforma que se realice sobre el vehículo debe quedar reflejada en la ficha técnica y, evidentemente deberá impedir que cualquier denuncia pueda prosperar en su caso.
- Enganche de bola desmontable o retráctil. Es siempre aconsejable quitarla u ocultarla en momentos de no utilización ya que no hacerlo puede dificultar algunas maniobras o provocar daños a otros vehículos en situaciones de aparcamiento o incluso a los peatones que pueden tropezar con ella.
La gran respuesta a la pregunta de si es obligatorio quitar la bola de remolque cuando no se utiliza, es que en ningún caso es obligatorio, y además el hecho de que la ITV apruebe su montaje es un motivo de gran tranquilidad en lo que a su legalidad respecta.
Repetimos que es siempre fundamental que, al instalar el dispositivo de enganche en un taller especializado, se verifique que no será ningún obstáculo para la lectura de la placa de matrícula o para la correcta realización de las funciones de alumbrado del vehículo.
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